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MOTOCICLISTAS CELEBRAN DECISIÓN DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE!

Por: FERNANDO GIRALDO NARANJO (Director Muévete con Inteligencia).

En ocasiones los motociclistas pueden caer en la imposición de un comparendo injustificado debido a la confusión que puede presentar la norma ante una determinada situación, aspecto o accesorio en la moto. Para evitar esto es indispensable que los moteros conozcan la ley y su actualización constante, así evitan una cuantiosa multa y de paso saben que pueden y que no llevar en el vehículo.

Uno de los embrollos más comunes está relacionado con el artículo 30 de la Ley 769 de 2002 que rige el Código Nacional de Tránsito. Allí se enlistan los equipos de prevención y seguridad de las motos y los carros en general para transitar por la vías del territorio nacional.

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Objetos que deben cargar

En él se establece que los mismos deben portar los siguientes elementos:

  1. Una gato con capacidad de elevar un vehículo
  2. Una cruceta
  3. Dos señales de carretera en forma de triángulo en material reflectivo y provistas de soportes para ser colocadas en forma vertical o lámparas de señal de luz amarilla intermitentes o destello
  4. Un botiquín de primeros auxilios
  5. Un extintor
  6. Dos tacos para bloquear el vehículo
  7. Caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate,
    destornilladores, llave de expansión y llaves fijas.
  8. Llanta de repuesto
  9. Linterna

En diferentes ocasiones se ha aclarado que hay elementos como la linterna o la cruceta que los moteros, en su caso, no necesitan llevar debido a las características de las motos que no cuentan con el espacio suficiente para transportarlas.

Aunque la duda ya fue despejada por la misma ley y los órganos de control, en el mismo articulado existe un parágrafo que sigue suscitando confusión, sobre todo para este gremio de conductores que podrían ser víctimas de un comparendo por la misma causa.

Allí se afirma que “ningún vehículo puede circular por las vías urbanas portando defensas rígidas diferentes a las instaladas originalmente por el fabricante, y que, en virtud de la definición de vehículo definida en el mismo Código, también se incluirían las motocicletas”. En ese sentido algunos accesorios de las mismas, consideradas de tal índole para los agentes de tránsito podrían ser causa de comparendo, sin embargo, esto lo prohíbe la ley si se tiene en cuenta la definición correcta para este tipo de objetos.

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No pueden multar a los motociclistas por llevar este accesorio en la moto

En diciembre de 2024, el Ministerio de Transporte expidió el radicado 20244201520651 en que aclara la magnitud que tiene el artículo 30 del Código sobre las defensas y los accesorios instalados en las motos que buscan
proteger las piernas del piloto en caso de caídas y daños.

El caso es para los sliders o barras añadidas en cada lado de la motocicleta, diseñados para prevenir atrapamientos de las piernas, además de evitar el contacto directo con el tanque de combustible, evitando fricciones, incendios o
afectaciones mayores al vehículo en medio de un accidente.

En ocasiones, dichos objetos se pueden categorizar como «defensas rígidas» por parte de alguno de los miembros de tránsito, sin embargo, la entidad aclara que las motos no tienen las mismas características que los carros, para los cuales un accesorio en el bómper u otra parte del mismo sí implica una riesgo.

En ese sentido, refiriéndose a los elementos mencionados, “estos no se pueden considerar como “defensas rígidas” dado que su función está encaminada a proteger al conductor y su acompañante en un eventual siniestro vial o cualquier otro evento que los ayude a evitar lesiones, señala en principio el ente de control estatal”, señala el radicado de MinTransporte.

Así las cosas, el organismo de control desestima que cualquier multa que los autoridades de tránsito consideren para dichos elementos, pues sería una contradicción a la normatividad, además de una causa injustificada.

*Este artículo fue creado por la Sala de Prensa de MUEVETE CON INTELIGENCIA.NEWS, con la ayuda de una inteligencia artificial que utiliza ‘Machine Learning’ para producir texto similar al humano.

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