Bogotá (Colombia) 23 de Sept. (MCI Colombia) – Durante el Primer Congreso de Movilidad Sostenible organizado por ANDEMOS, el Ministerio de Minas y Energía afirmó: que estarán emitiendo una habilitación y una reglamentación técnica para que las estaciones de servicio que hoy en día funcionan con combustibles líquidos puedan ser habilitadas y sepan cómo habilitar este servicio de carga.
Tarea fue asignada a este organismo público en el artículo 9, parágrafo 5 de la ley 1964 publicada en julio de 2019, el cual cita: “EI Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Minas y Energía, reglamentará las condiciones necesarias para que en las estaciones de recarga de combustible fósil se pueda ampliar la oferta de servicios al incluir puntos de recarga para vehículos eléctricos”.
Es así que, después de más de un año de la promulgación de la ley, la intención de la nueva reglamentación es habilitar a estos establecimientos a que puedan ofrecer un servicio adicional, esta vez vinculado a la movilidad eléctrica.
Durante la presentación del Panel de Estrategia de Transición Energética, dedicado a Política Pública se confirmó que el proyecto incluye dos ejes de desarrollo conjunto para poder materializarlo. Por una parte se emitirá una resolución que es la que habilitaría el nuevo servicio. Por otra parte, se establecerán normas básicas con condiciones que deberán cumplir las estaciones de servicio para poder instalar cargadores. De estos anuncios deberán tomar nota las empresas que conforman el mercado de los combustibles en el país: Terpel, Primax, Biomax, Texaco, Petrobras, Puma Energy, y Zeuss Petroleum, la distribuidora 100% colombiana de origen antioqueño.

